Artículo de Reas, Red de Redes
En este mes de diciembre se ha presentado el documento de bases para una futura Ley de ESS en Cataluña, que servirá para impulsar un marco normativo que reconozca la economía social y solidaria y su voluntad transformadora
El pasado 11 de diciembre, el consejero de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, Chakir lo Homrani, y el presidente de la AESCAT, Guillem Llorens, han presentado el documento de bases consensuado para impulsar la Ley de Economía Social y Solidaria en Cataluña.
Los objetivos de la futura Ley de la ESS tienen que ser reconocer y promover la economía social y solidaria como parte integrante de una economía plural en Cataluña, con la voluntad de avanzar hacia la democratización económica, y contribuir a la consolidación y el crecimiento cualitativo y cuantitativo. Por eso, los objetivos de la ley que marca el documento de bases son establecer un marco jurídico de la economía social y solidaria; fomentar y promocionar este modelo económico, y el logro de su reconocimiento y representatividad institucional.
Según Chakir el Homrani, “la creación de un marco normativo de la economía social y solidaria es un elemento indispensable para poder avanzar en el proceso de transición del modelo económico catalán hacia uno de más plural, sostenible, democrático, centrado en las personas, responsable y transparente. Este es el elemento clave de la economía social y solidaria: los valores, no la forma jurídica”.
Sobre el proceso de tramitación de la futura ley, que ya será en la próxima legislatura, El Homrani ha explicado que ahora toca “redactar la ley de manera consensuada, como se ha trabajado hasta ahora, y desplegarla. Por eso nos hemos encontrado ya con los grupos parlamentarios”. “Si el sector de la economía social y solidaria ha hecho este ejercicio de trabajo y consenso desde miradas muy diversas, desde el ámbito político también lo tenemos que poder hacer. Hace falta que esta ley salga adelante sin desdibujar el documento de bases”, ha remachado.
En concreto, tiene que ser inclusiva, que respeta la singularidad de las diferentes formas jurídicas y empresariales; social, que prioriza las personas y la vida; transformadora, que permite avanzar hacia un sistema económico sostenible, plural, democrático, solidario, equitativo y feminista; flexible, que tiene una mirada abierta a reconocer nuevas realidad sociales y comunitarias; y alineada con las diversas propuestas legislativas que se impulsan en el ámbito europeo.
De este modo, con el documento de bases de la Ley de ESS se quiere avanzar hacia un modelo catalán de economía plural. En un momento en que la economía está exclusivamente subordinada a la lógica de los beneficios controlados por las grandes corporaciones, las organizaciones de la economía social y solidaria han contribuido a construir un tipo de globalización relacionada con las personas y las comunidades.
Participación de la XES
Durante la pasada Asamblea General Extraordinaria de la Red de Economía Solidaria de Catalunya celebrada en el espacio BiciHub, se ha debatido y aprobado el documento con las bases de la futura Ley de Economía Social y Solidaria en Cataluña. Durante el encuentro, se ha partido de un documento provisional que ha sido trabajado en los últimos meses por un grupo de trabajo de ley de la XES, creado con este objetivo. Tanto este grupo de trabajo como las socias y la comisión permanente de la XES han incorporado enmiendas al texto inicialmente propuesto; de manera que durante la reunión se ha podido incidir directamente en las enmiendas concretas.
Cabe recordar que en el Plan de Gobierno de la Generalitat de Cataluña se contempla como acción destacada de la actual legislatura la elaboración de la Ley catalana de la economía social y solidaria. En esta línea, la Generalitat de Cataluña emplazó a los actores que forman parte de la AESC a participar en la articulación de la futura Ley de Economía Social y Solidaria en Cataluña.
Entidades de la ESS: proceso de reconocimiento
La futura Ley de ESS tiene que delimitar el concepto de economía social y solidaria y tiene que definir qué se entiende como ESS y diferenciarlo de manera clara de aquello que no se puede considerar.
Además de las entidades constituidas de acuerdo con las formas jurídicas que normalmente se asocian a la ESS (mutualidades de previsión social, cooperativas, sociedades laborales, fundaciones y asociaciones, centros especiales de trabajo y empresas de inserción, las sociedades agrarias de transformación y las cofradías de pescadores), el documento de bases establece que hay que estar abiertos a incluir otras entidades e iniciativas que utilizan otras formas jurídicas, siempre que cumplan los principios y los valores del ESS en su práctica cotidiana. Las entidades que quieran ser reconocidas como ESS tendrán que pasar un proceso de reconocimiento, acreditar que están alineadas con los principios y los valores que prevé la definición y se tendrán que incorporar en un registro de titularidad pública.
Creación de un entorno favorable a la Economía Social y Solidaria
El documento de bases defiende que la Ley debe servir para poner en valor la economía social y solidaria, y destacar el compromiso transformador y el impacto positivo de sus actividades, así como facilitar su conocimiento y reconocimiento de la ciudadanía. En este sentido, recoge que habrá que trabajar para establecer una estrategia de transversalización de las políticas públicas favorables a la ESS, con la voluntad que otros organismos públicos puedan impulsar programas que permitan resolver las necesidades socioeconómicas del país, mediante el impulso de la diversidad , la justicia social y la igualdad de oportunidades.
Reconocimiento del ESS como un agente socioeconómico
El documento de bases establece que uno de los objetivos de la Ley es el reconocimiento de las organizaciones representativas de la ESS como interlocutoras con las administraciones, así como fomentarlo en los diferentes niveles de la Administración pública. Así mismo, tiene que prever la creación de un espacio de diálogo y gobernanza de la ESS con la Administración de carácter paritario y transversal. Se considera que la función de este espacio lo tiene que ejercer el Consejo Catalán del ESS, que tendría que estar formado por los diferentes actores del ESS y las administraciones públicas implicadas en su desarrollo.
Colaboración publico-social y comunitaria
El documento de bases consensuado subraya que se tendrán que establecer medidas de fomento del ESS a fin de acceder a la compra pública de bienes y servicios, y pose de relevo que habrá que promover marcos de relación más allá de la contratación que prioricen la calidad de los servicios por encima del precio.
Aquí se puede acceder al documento y en este enlace al documento traducido adaptado del documento original
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